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¿Cuál Es La Forma Adecuada De Presentar Mi Caso En Un Tribunal De Reclamaciones Menores?



PASO UNO: IDENTIFICAR AL(S) DEMANDADO(S) CORRECTO(S)

El primer paso crucial es identificar correctamente al o los demandados.

  • Es esencial asegurarse de que el demandado tenga un interés legítimo en el asunto de la demanda y sea responsable de los daños alegados. En casos de incumplimiento de contrato, generalmente el demandado es la persona o empresa con la que se realizó el contrato. Mientras que, en casos de lesiones personales o daños a la propiedad, el demandado suele ser la persona o empresa directamente responsable de los daños.

  • En algunos casos, pueden surgir diferentes teorías legales que afecten la cantidad de posibles demandados, por lo que es recomendable llevar a cabo una investigación y consultar las leyes aplicables.

  • A veces, puede resultar complicado ubicar al demandado, pero existen herramientas como motores de búsqueda en Internet, registros gubernamentales de propiedades, registros del registrador del condado y registros del tribunal que pueden ayudar a localizarlos.

  • Cuando se trata de demandar a una empresa, es importante mencionar el nombre de la empresa de manera precisa en la demanda, ya que puede tener un nombre comercial ficticio o un nombre legal diferente al que es comúnmente conocido.

  • Si la empresa es propiedad de un individuo, será necesario mencionar tanto al individuo propietario como a la empresa en la demanda. En el caso de corporaciones, se debe incluir el nombre de la corporación en la demanda.

  • Verificar la información del nombre de la empresa es esencial; para ello, se pueden utilizar bases de datos consultables de empresas y nombres de empresas ficticias como recursos útiles.


PASO DOS: DETERMINAR LA CANTIDAD EXACTA DE TU RECLAMO.

En el segundo paso, es crucial determinar con precisión la cantidad de dinero que se busca recuperar en la reclamación. Aunque esto puede parecer obvio, en algunas situaciones puede volverse más complejo. Por ejemplo, si la cantidad se basa en el costo estimado de reparar algo, será necesario obtener tres presupuestos para que el juez pueda determinar la suma adecuada a otorgar. Si se basa en el costo de reemplazar algo, el juez solo considerará el valor actual del artículo perdido o dañado, no el costo de reemplazo, por lo que podrían requerirse presupuestos para ambos casos.

Es relevante tener en cuenta que algunos gastos podrían no ser recuperables en absoluto, como los gastos de tiempo libre para asistir al tribunal, estacionamiento, servicios de cuidado de niños, entre otros.


En ciertas circunstancias, es posible tener derecho a recibir daños adicionales, conocidos como "daños estatutarios", los cuales están definidos por leyes o regulaciones específicas. Si se buscan estos daños, se debe incluir una copia de la ley correspondiente como evidencia.

Es esencial recordar que el juez puede otorgar una cantidad menor a la solicitada, pero nunca una cantidad mayor. Además, si el reclamo excede los $10,000, se puede renunciar al exceso para que sea aceptado en el Tribunal de Reclamos Menores, aunque no se puede dividir un reclamo grande en múltiples casos más pequeños para presentarlos en dicho tribunal.


PASO TRES: ENVÍA UNA CARTA DE DEMANDA

En este paso, es necesario enviar una carta de demanda de pago al demandado antes de presentar el caso en el tribunal de reclamos menores, siguiendo las reglas del Tribunal de Justicia. La carta debe enviarse por correo certificado con acuse de recibo solicitado a cada persona o empresa que se pretenda demandar. Al presentar la demanda ante el tribunal, será necesario proporcionar una copia de la carta enviada y el comprobante de recepción del correo.


La carta de demanda debe estar escrita a máquina y debe incluir claramente la cantidad exacta de dinero solicitada y las razones que respaldan el derecho a dicha cantidad. Se sugiere incluir una revisión breve de los hechos relevantes. Es esencial mantener un tono cortés y profesional en la carta, evitando ataques personales o contenido inapropiado que el juez podría leer. El propósito es fomentar una resolución amistosa de la disputa con el demandado. La carta debe concluir informando al demandado que, si no se llega a una resolución, el caso será presentado ante el Tribunal de Reclamos Menores.


Es recomendable hacer copias de la carta de demanda, cualquier correspondencia recibida del demandado, el recibo del correo certificado y la tarjeta de acuse de recibo para mantener un registro adecuado de la comunicación.


Para facilitar el proceso, se puede encontrar un formulario estándar para una carta de demanda en el sitio web del Centro de Autoayuda Legal. Si se necesita más orientación sobre cómo redactar la carta de demanda, se pueden buscar libros sobre el Tribunal de Reclamos Menores y la redacción de este tipo de cartas en la biblioteca local.


PASO CUATRO: PRESENTACIÓN DE TU DEMANDA

En este paso, se debe llevar a cabo la presentación formal de la demanda en el tribunal de reclamos menores. Antes de hacerlo, es fundamental mantener un registro detallado de los gastos relacionados con el franqueo, la presentación y la notificación de la demanda, ya que algunos de estos costos podrían ser reembolsados en caso de que el demandante resulte victorioso en el caso.


El demandante debe esperar un período de al menos diez días (o quince días en Henderson) después de haber enviado la carta de demanda, antes de presentar la Declaración Jurada de Demanda para Reclamos Menores. Para ello, se puede obtener el formulario correspondiente, denominado Demanda de Reclamos Menores, disponible en el sitio web del Centro de Autoayuda Legal. Es crucial asegurarse de utilizar el formulario correcto según el tribunal específico correspondiente al lugar donde se llevará a cabo la presentación.


La demanda debe estar escrita a máquina o completada en línea y debe ir acompañada de una Hoja de Presentación Civil, aunque esta última no es requerida en Las Vegas. Al presentar la demanda, es necesario hacerlo en el Tribunal de Justicia del distrito donde el demandado actualmente reside, trabaja, realiza negocios, o donde residía o trabajaba en el momento del incidente que motiva la demanda. También es válido presentarla en el distrito donde ocurrió la lesión o donde debía cumplirse una obligación bajo un contrato.


El proceso de presentación incluye la entrega de la demanda original junto con copias adicionales si así lo requiere el tribunal, la carta de demanda previamente enviada, el comprobante de recepción del envío de la carta, y la Hoja de Presentación Civil (excepto en Las Vegas). Además, se debe pagar una tarifa de presentación correspondiente al monto del reclamo, la cual puede ser abonada en diferentes formas como efectivo, tarjetas de crédito, giros postales o cheques de caja. Si el demandante no tiene los medios para pagar la tarifa, se puede presentar una solicitud de exención de tarifas, también conocida como "Solicitud para proceder en forma pauperis".


Las tarifas de presentación actuales son:

• $66.00 para reclamos entre $0.00 y $1,000.00.

• $86.00 para reclamos entre $1,000.01 y $2,500.00.

• $106.00 para reclamos entre $2,500.01 y $5,000.00.

• $146.00 para reclamos entre $5,000.01 y $7,500.00.

• $196.00 para reclamos entre $7,500.01 y $10,000.00.


Una vez realizada la presentación de la demanda, se le asignará un número de caso y se programará una fecha de juicio, generalmente dentro de un plazo de 45 a 90 días a partir de la presentación en Las Vegas, y aproximadamente 90 días en Henderson y North Las Vegas.


¿DÓNDE DEBO PRESENTAR LA DEMANDA?

Para presentar tu demanda, debes hacerlo en el Tribunal de Justicia del distrito donde el demandado reside actualmente, trabaja o realiza negocios; o en el distrito donde el demandado residía, trabajaba o realizaba negocios en el momento del incidente que dio lugar a la demanda; o en el distrito donde ocurrió la lesión a la persona o propiedad; o en el distrito donde se suponía que debía cumplirse o debe cumplirse una obligación bajo un contrato. En caso de que no estés seguro de cuál es el distrito correcto, puedes verificar la dirección del demandado utilizando el buscador de jurisdicción en línea para el Condado de Clark en el sitio web gisgate.co.clark.nv.us/gismo/apps/jurisdiction/app/index.html.


PASO CINCO: SERVIR TU DEMANDA

Después de presentar tu demanda, debes asegurarte de entregar una copia de la demanda a cada demandado, lo que se conoce como "notificación del proceso". Esta notificación debe ser realizada por una persona que no sea parte en el litigio y tenga más de 18 años. Puedes optar por usar el Alguacil, el Sheriff o un servidor de proceso privado para llevar a cabo la notificación, pero hay ciertos requisitos y tarifas asociadas. Una vez notificada la demanda, se debe completar un formulario de Prueba de Notificación para demostrar que el demandado fue informado correctamente. Es crucial presentar esta prueba ante el tribunal lo antes posible, ya que, si no se realiza de manera adecuada, tu caso podría ser desestimado o pospuesto.


¿CUÁNTO TIEMPO TENGO PARA NOTIFICAR AL DEMANDADO?

Es esencial que notifiques al demandado (y presentes la Prueba de Notificación ante el tribunal) al menos diez días hábiles antes de la fecha programada para el juicio, que te fue asignada al presentar tu caso. Si, por alguna razón, no puedes realizar la notificación en ese plazo, deberás solicitar una extensión de tiempo al tribunal. Es importante cumplir con este requisito para garantizar que el demandado esté debidamente informado y que el proceso legal pueda avanzar sin contratiempos.


¿CÓMO PUEDO NOTIFICAR A UNA PERSONA?

En un caso legal en Nevada, es fundamental notificar adecuadamente a cada demandado mencionado en la demanda. La notificación personal implica que cada demandado debe recibir personalmente una copia de la demanda, incluso si viven en la misma dirección. Esta notificación debe hacerse directamente al demandado, a menos que se realice en su domicilio, en cuyo caso un servidor de proceso puede dejar la demanda con un adulto adecuado, pero no dejarla simplemente en la puerta.


  • Es importante conocer posibles métodos alternativos de notificación permitidos según las leyes de Nevada. Por ejemplo:

  • Si el caso involucra daños o pérdidas por el uso de un vehículo de motor en Nevada, es posible notificar al demandado a través del Departamento de Vehículos Motorizados de Nevada.

  • Si el demandado vive en una comunidad cerrada con seguridad, se puede notificar dejando una copia de la demanda con el guardia de seguridad.


En un caso contra un propietario, es posible notificar la demanda al administrador de la propiedad o a la parte que firmó el contrato de alquiler en nombre del propietario.


En situaciones en las que ha habido intentos infructuosos de notificación personal al demandado, se puede solicitar al tribunal permiso para notificar por correo certificado. Para ello, se debe presentar un formulario de Solicitud de Notificación de Demanda de Reclamos Menores por Correo Certificado, disponible en el sitio web del Centro de Autoayuda Legal. Además, es necesario proporcionar pruebas de los intentos previos de notificación personal. Sin embargo, la notificación por publicación es poco común en casos de reclamos menores.


En resumen, es esencial seguir adecuadamente el proceso de notificación para asegurarse de que todas las partes involucradas estén debidamente informadas y puedan ejercer sus derechos legales de manera justa y transparente en el sistema judicial de Nevada.


¿CÓMO NOTIFICO A UNA EMPRESA?

En Nevada, al demandar a una corporación u otra empresa, es necesario notificar al "agente registrado", designado por la entidad para recibir notificaciones legales. Todas las corporaciones, LLC y LP deben cumplir con esta obligación y proporcionar la información del agente registrado a la oficina del Secretario de Estado. La notificación puede realizarse entregando una copia de la demanda personalmente al agente registrado o dejando una copia con una persona adecuada en la dirección indicada en el registro.


Si la información del agente registrado no está actualizada, existen alternativas para la notificación. Por ejemplo, si la corporación está en Nevada, se puede notificar al presidente, secretario, cajero o agente administrativo de la empresa. Si la corporación es extranjera pero tiene presencia en Nevada, se puede notificar a su agente administrativo, cajero o secretario dentro del estado.

En casos en los que la corporación no tenga un agente registrado o no se pueda notificar por otros medios, es posible notificar al Secretario de Estado por correo y dejar una copia en la oficina del secretario del tribunal. Sin embargo, se debe obtener permiso del tribunal mediante una declaración jurada explicando los intentos de notificación previos y por qué notificar al Secretario de Estado es la única opción viable. Es importante conocer las reglas de notificación y consultar las leyes relevantes para asegurar un proceso legal adecuado.


SI HAS SIDO NOTIFICADO CON UNA DEMANDA DE RECLAMO MENOR

Cuando recibes una demanda de reclamo menor, es esencial prestar atención a la fecha, ubicación y hora del juicio o mediación en la corte. Es fundamental asistir puntualmente a la corte en esa fecha, ya que, si no te presentas o no entregas ciertos documentos, el demandante podría obtener un fallo por defecto a su favor, lo que te obligaría a pagar sin haber tenido la oportunidad de un juicio. Si por algún motivo no puedes asistir en la fecha asignada, puedes presentar una Moción para Continuar lo antes posible, pero la corte no está obligada a cambiar la fecha.


En caso de que consideres que el demandante también te debe dinero, tienes el derecho de presentar una Contrademanda. Para ello, debes completar el formulario correspondiente, hacer copias y presentarlo en el Tribunal de Justicia donde se presentó inicialmente la demanda en tu contra. Además, puedes solicitar una exención de tarifas si no puedes pagar la tarifa de presentación. Es importante notificar al demandante sobre tu Contrademanda de la misma manera en que tú fuiste notificado con la Demanda original.


Aunque puedas pensar que no tienes una defensa sólida, es fundamental asistir al juicio y nunca ignorar una Citación. Si consideras que tienes una defensa válida, es necesario investigar, preparar tu caso, reunir pruebas y practicar cómo presentarlo. Si tienes dudas sobre tus opciones legales, es recomendable consultar con un abogado o llevar a cabo tu propia investigación legal. Participar de manera activa y adecuada en el proceso legal es esencial para defender tus derechos en un reclamo menor.


MEDIACIÓN

El Tribunal de Justicia en Henderson establece la mediación con el Neighborhood Justice Center como un requisito previo antes de continuar con tu demanda. Sin embargo, en el Tribunal de Justicia de Las Vegas y el Tribunal de Justicia de North Las Vegas, la mediación no es obligatoria para tu reclamo menor, aunque tienes la opción de participar si así lo deseas.


¿QUE ES LA MEDIACION?

La mediación es un proceso en el que las partes en conflicto se reúnen con un mediador neutral para intentar encontrar una solución mutuamente aceptable. En el Tribunal de Justicia de Henderson, se requiere mediación con el Neighborhood Justice Center (NJC) antes de proceder con una demanda de reclamo menor. En los Tribunales de Justicia de Las Vegas y North Las Vegas, la mediación no es obligatoria, pero se ofrece como opción.


Los mediadores del NJC, con oficina en Las Vegas, son profesionales capacitados que facilitan el proceso de mediación de forma gratuita y confidencial. En la mediación, las partes tienen la oportunidad de expresar sus puntos de vista sin interrupciones. Luego, tienen sesiones privadas con el mediador para explorar posibles formas de resolver el conflicto. El mediador no toma decisiones ni asesora a las partes, sino que ayuda a examinar objetivos y opciones para llegar a una solución satisfactoria para ambas partes.


Una ventaja de la mediación es que permite acuerdos que pueden incluir disposiciones que no pueden ser ordenadas por el Tribunal de Reclamos Menores. Mientras que los jueces de reclamos menores solo pueden otorgar dinero, en la mediación se pueden acordar otros tipos de remedios adaptados a las necesidades individuales, como la devolución de bienes o servicios específicos.


¿CÓMO ME REGISTRO PARA LA MEDIACIÓN?

Serás remitido automáticamente a mediación en Henderson antes de que se lleve a cabo tu caso de reclamo menor. Cuando llegue la fecha de tu juicio, te dirigirán a la mediación en el tribunal. En caso de que la mediación no alcance un acuerdo, el juicio continuará el mismo día.


Si prefieres intentar una mediación gratuita en lugar de presentar una demanda, tienes la opción de comunicarte con el NJC al (702) 455-3898. El NJC contactará a la otra parte para verificar si están dispuestos a participar en una mediación para resolver el conflicto. Sin embargo, a menos que el tribunal haya ordenado la mediación, solo podrás asistir si la otra parte acepta. Además, en North Las Vegas, también hay mediadores disponibles en el lugar antes de las sesiones del Tribunal de Reclamos Menores.


¿ES OBLIGATORIO LLEGAR A UN ACUERDO DURANTE LA MEDIACIÓN?

No. En el Tribunal de Reclamos Menores de Henderson, la asistencia a la mediación es obligatoria, pero no se exige alcanzar un acuerdo durante dicho procedimiento.


¿QUÉ SUCEDE SI LLEGO A UN ACUERDO CON LA PARTE CONTRARIA?

Si logras llegar a un acuerdo con la otra parte durante la mediación, el mediador se encargará de redactar el acuerdo en uno de los formularios proporcionados por el NJC. Ambas partes deberán firmar por escrito este acuerdo, lo cual lo convertirá en un contrato válido y vinculante para ambas partes. En caso de que una de las partes no cumpla con lo establecido en el acuerdo, la otra parte tendrá la opción de obtener un fallo por defecto sin necesidad de realizar una audiencia, simplemente informando al tribunal sobre el incumplimiento.


Es fundamental que los demandados tomen en cuenta que, si firman un acuerdo durante la mediación y posteriormente no lo cumplen, perderán la oportunidad de impugnar tanto el incumplimiento como el problema original ante el tribunal. Asimismo, es importante que tengan mucha precaución al firmar un acuerdo de mediación que incluya una cláusula de multa monetaria en caso de incumplimiento.


¿QUÉ SUCEDE SI NO LLEGO A UN ACUERDO DURANTE LA MEDIACIÓN?

Si la mediación no conduce a un acuerdo, no habrá ninguna penalización por no llegar a un acuerdo. En el Tribunal de Justicia de Henderson, si la mediación no es exitosa, el juicio se realizará directamente después de la mediación, sin demoras adicionales.


¿QUÉ SE DEBE PRESENTAR ANTES DE MI JUICIO?
¿QUÉ DEBO PRESENTAR ANTES DE MI JUICIO?

Antes de la fecha del juicio, es necesario presentar tres documentos importantes en tu caso: la demanda, la Prueba de Notificación y el Memorando de Costos. El Memorando de Costos es una enumeración detallada de todos los gastos que hayas pagado hasta el momento en relación con el caso. Tanto la Prueba de Notificación como el Memorando de Costos deben ser presentados con al menos 10 días de anticipación a la fecha del juicio. Aunque tienes un plazo de hasta 10 días antes del juicio para entregar estos documentos, se aconseja hacerlo lo antes posible.


¿PUEDO CAMBIAR LA FECHA DE MI JUICIO?

Si necesitas cambiar la fecha de tu juicio, es crucial que no envíes una carta al juez o a la corte. En lugar de eso, si eres el demandante o el demandado y no puedes asistir a la fecha de juicio programada, o si no puedes notificar con al menos diez días de antelación antes del juicio, o si eres el demandante y la fecha del juicio ya ha expirado, puedes presentar la "Solicitud para Continuar" o la "Solicitud para Reasignar Audiencia" ante el Tribunal de Reclamos Menores (Página 52). Puedes encontrar estos formularios disponibles en el sitio web del Centro de Ayuda Legal Civil en www.civillawselfhelpcenter.org/forms/small-claims-forms. Es fundamental que presentes tu solicitud lo antes posible, aunque es importante tener en cuenta que la corte no está obligada a cambiar la fecha del juicio.


¿QUÉ HAGO SI NECESITO INFORMACIÓN DE LA OTRA PARTE O QUE UN TESTIGO DECLARE A MI FAVOR?

La presencia de un testigo puede tener un impacto crucial en el resultado de tu caso, por lo que es recomendable entrevistarlos antes del juicio para evitar sorpresas. Sin embargo, es importante destacar que no se debe intentar influir en la versión del testimonio del testigo de manera inapropiada. Si tienes dudas sobre si un testigo asistirá voluntariamente al juicio, puedes optar por emitir una citación. El formulario de Citación está disponible en el sitio web del Centro de Ayuda Legal Civil, y si es necesario, debes completarlo y presentarlo antes del juicio. Es vital también presentar el Formulario de Declaración de Notificación de la Demanda antes de que se emita la citación.


Cuando emites una citación, es necesario pagar una tarifa de testigo de $25.00 por día, además de un reembolso de 58.5 centavos por milla de millaje que el testigo deba recorrer. Además, deberás abonar una tarifa al Alguacil, Sheriff o a un servidor de procesos privado para que sirvan la citación, siendo el costo generalmente de alrededor de $15.00, más $2.00 por milla.


La citación puede ser emitida tanto en su formato regular como en la modalidad duces tecum. La citación regular simplemente requiere la presencia del testigo en el juicio, mientras que la citación duces tecum solicita que el testigo asista y presente determinadas pruebas o documentos. Dado que no existe un proceso de descubrimiento en el Tribunal de Reclamos Menores, la citación duces tecum es la única forma en que puedes requerir que la otra parte presente documentos relevantes en el tribunal. Al completar el formulario de citación, es fundamental asegurarse de que la fecha del juicio sea correcta. Si la fecha cambia, será necesario emitir una nueva citación y asegurarse de que se realice la notificación adecuadamente.


GESTIONANDO UN INTÉRPRETE DE LA CORTE

Si tú o un testigo necesitan asistencia de un intérprete durante el juicio, es esencial que tomes las medidas necesarias para contar con uno presente. Puedes traer un intérprete por tu cuenta o comunicarte con la Oficina de Intérpretes del Tribunal de Distrito para hacer los arreglos correspondientes. Sin embargo, debes asegurarte de que el intérprete cumpla con ciertos criterios: no puede ser tu cónyuge, tener relación contigo ni mostrar ningún sesgo a favor o en contra de alguna de las partes involucradas en el caso. Además, el intérprete debe ser aprobado por la corte. Aunque se sugiere utilizar los servicios de la Oficina de Intérpretes del Tribunal de Distrito, es posible que debas pagar una tarifa por este servicio. Priorizar la presencia de un intérprete certificado y neutral asegurará una comunicación clara y justa durante el juicio.


FAMILIARIZÁNDOSE CON EL PROCEDIMIENTO EN LA SALA DEL TRIBUNAL

Antes de tu propia audiencia en el Tribunal de Reclamos Menores, es recomendable que observes cómo funciona el tribunal en acción. Esta experiencia puede resultar especialmente útil si te sientes nervioso/a por tu próximo juicio o si simplemente deseas tener una idea de qué esperar. Para hacerlo, puedes comunicarte con el secretario del tribunal para obtener información sobre el horario de los próximos juicios de reclamos menores o visitar el sitio web del tribunal donde se publica esta información. Observar otros casos te permitirá familiarizarte con el proceso y te dará mayor confianza al enfrentar tu propia audiencia.


ORGANIZANDO TU CASO Y PRUEBAS

Aunque has invertido tiempo y esfuerzo durante meses preparándote para tu juicio, es probable que el tiempo real en la corte sea breve, tal vez solo diez o quince minutos. Por lo tanto, es de vital importancia estar completamente preparado/a y bien organizado/a para sacar el máximo provecho de ese tiempo limitado. Antes del juicio, es recomendable elaborar un breve esquema que contenga los hechos y detalles esenciales de tu caso, evitando cualquier información innecesaria o repeticiones. Aunque se sugiere evitar leer una declaración preparada, debes articular claramente por qué consideras que tienes derecho al dinero solicitado y mencionar las leyes pertinentes en las que basas tu argumento, ya que la carga de la prueba recae sobre ti.


Además de preparar tus argumentos, es crucial que tengas todas tus pruebas listas para la presentación en la corte. Asegúrate de llevar el original y tres copias de todos los documentos que planeas utilizar como evidencia, tales como contratos, cheques, fotografías, informes policiales, recibos, cartas o estimaciones. También es importante contar con copias de las leyes aplicables a tu caso. Organiza estos documentos en una carpeta con pestañas y prepara un índice para localizar rápidamente cada uno durante la audiencia.


Una vez que hayas realizado tu investigación, creado el esquema y organizado las pruebas, es aconsejable practicar la presentación de tu caso. Practicar ante alguien que no esté familiarizado con los detalles puede ser especialmente valioso para identificar posibles confusiones o debilidades en tu argumento. Con una preparación adecuada, estarás en una posición de confianza y efectividad para enfrentar el juicio con éxito.


TU DÍA EN LA CORTE

Para tener un juicio exitoso en el Tribunal de Reclamos Menores, es importante seguir algunas pautas clave. Llegar temprano es fundamental para evitar retrasos y asegurarte de estar en la sala correcta. La vestimenta debe ser conservadora, evitando prendas informales. Durante la espera, mantén la cortesía y presta atención, sin distracciones como hablar o usar dispositivos electrónicos. Asegúrate de proporcionar tu dirección actualizada al secretario del tribunal para recibir la decisión del juez.

En Henderson, tendrás la opción de mediar antes del juicio, lo cual puede ser beneficioso si ambas partes están de acuerdo. Si no se llega a un acuerdo, los casos se escuchan según el orden de los números de caso. Es importante que el demandante esté presente para demostrar el monto del fallo por defecto si el demandado no aparece. Cuando llamen tu número de caso, dirígete a la mesa correspondiente en la sala del tribunal para "demandante" o "demandado". Manteniendo estas recomendaciones, estarás mejor preparado/a para enfrentar tu juicio en el Tribunal de Reclamos Menores.


¿CÓMO SE DESARROLLARÁ MI JUICIO?

En el Tribunal de Reclamos Menores, el proceso del juicio sigue una secuencia específica. Generalmente, el demandante será el primero en presentar su caso, seguido por el demandado. Durante el juicio, es común que el juez realice preguntas a ambas partes sobre los hechos y las pruebas presentadas. Si el juez solicita pruebas adicionales, debes entregárselas al alguacil, manteniendo distancia del juez a menos que se te indique lo contrario. Es crucial mostrar respeto al dirigirse al juez como "Su Señoría" o "Juez" y evitar interrupciones o hablar mientras el juez está hablando.

Aunque puedas tener dudas sobre la veracidad de las declaraciones de tu oponente, es fundamental mantener la calma y ser cortés. Evita interrumpir o hablar con tu oponente durante el juicio; simplemente toma nota de tus puntos y espera a que el juez te dé la oportunidad de presentar pruebas en contra.


Al concluir el juicio, el juez emitirá una decisión de manera inmediata o considerará el caso "bajo consideración" para evaluar los hechos o cuestiones legales antes de tomar una decisión final. La decisión, conocida como "Orden", se enviará por correo. El fallo puede favorecer al demandante, al demandado o incluso llegar a un fallo equitativo si ambas partes se deben algo mutuamente. Es crucial seguir las normas del tribunal y presentar el caso de manera organizada y respetuosa durante todo el proceso del juicio.


DATOS DE CONTACTO Y PÁGINAS WEB:

• Estatutos de Reclamos Menores de Nevada (NRS 73.010-060)

http://www.leg.state.nv.us/NRS/NRS-073.html

• Secretaría de Estado de Nevada

101 North Carson Street, Suite 3

Carson City, NV 89701

(775) 684-5708

https://nvsos.gov/

• División de Registros de Servicios Centrales del Departamento de Vehículos Motorizados de Nevada

555 Wright Way

Carson City, Nevada 89711

(775) 684-4590

http://nevadadmv.state.nv.us/pdfforms/ir002.pdf

• Las Vegas Justice Court

200 Lewis Avenue

Las Vegas, Nevada 89101

(702) 671-3116

http://www.lasvegasjusticecourt.us/

• Henderson Justice Court

243 Water Street

Henderson, Nevada 89015

(702) 455-7951

http://www.clarkcountynv.gov/depts/justicecourt/henderson/pages/default.aspx

• North Las Vegas Justice Court

2428 Martin Luther King Blvd.

North Las Vegas, Nevada 89032

(702) 455-7801

http://www.clarkcountynv.gov/depts/justicecourt/nlv/pages/default.aspx

• Centro de Justicia Vecinal (mediación)

330 South 3rd Street, Suite 600

Las Vegas, Nevada 89101

(702) 455-3898

http://www.lasvegasjusticecourt.us/services/neighborhood_justice_center/index.php

• Secretaría del Condado de Clark (búsqueda de nombres de empresas ficticias)

200 Lewis Avenue, 5th Floor

Las Vegas, Nevada 89101

(702) 671-0500

http://www.clarkcountynv.gov/Depts/clerk/Services/pages/FFNSearch.aspx

• Asesor del Condado de Clark

500 South Grand Central Parkway

Las Vegas, Nevada 89155

(702) 455-3882

http://www.clarkcountynv.gov/depts/assessor/Pages/RecordSearch.aspx

• Biblioteca de Derecho del Condado de Clark

309 South Third Street, Suite 400

Las Vegas, Nevada 89155

(702) 455-4696

http://www.clarkcountynv.gov/depts/lawlibrary/pages/default.aspx

• Oficina del Intérprete de los Tribunales de Distrito

330 S. 3rd Street, 10th Floor, Suite 1020

Las Vegas, NV 89101

(702) 671-4578

• Departamento de Negocios e Industria de Nevada (información sobre licencias)

555 East Washington Avenue, Suite 4900

Las Vegas, Nevada 89101

(702) 486-2750

http://business.nv.gov/

• Condado de Clark (información sobre licencias comerciales)

500 South Grand Central Parkway, 3rd Floor

Las Vegas, Nevada 89155

(702) 455-4252

http://www.clarkcountynv.gov/Depts/business_license/Pages/BLSearch.aspx

• Ciudad de Las Vegas (información sobre licencias comerciales)

333 N. Rancho Dr., 6th Floor

Las Vegas, Nevada 89106

(702) 229-6281

http://www3.lasvegasnevada.gov/Bus-license/Search.asp

• Agentes del Orden (Constables)

http://www.clarkcountynv.gov/ElectedOfficials/Pages/Constables.aspx

• Oficina del Constable Ex-Oficio

301 E. Clark Ave., Suite 100

Las Vegas, NV 89101

(702) 455-4099

http://www.clarkcountynv.gov/depts/constable/las_vegas/Pages/default.aspx

• Constable de Henderson

243 Water Street

Henderson, NV 89015

(702) 455-7940

http://www.clarkcountynv.gov/Depts/constable/henderson/Pages/default.aspx

• Constable de North Las Vegas

2428 N. Martin Luther King Blvd.

North Las Vegas, NV 89032

(702) 455-7800

http://www.clarkcountynv.gov/Depts/constable/north_las_vegas/Pages/default.aspx

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